Relación entre Excepciones Previas y Nulidad


En el proceso civil, las causales de nulidad guardan estrecha relación con las excepciones previas, dado que el propósito de aquellas es evitar la configuración de irregularidades que puedan engendrar invalidez de la actuación. De ahí que algunas de las de las circunstancias que aparecen en el catálogo de las excepciones previas (art. 100) constituyan también causales de nulidad (art. 133). Sin embargo, no todas aparecen en el art. 133: (i) la nulidad de la audiencia o diligencia por la inasistencia injustificada de alguno de los magistrados que componen la respectiva sala de decisión del tribunal o sala civil de la corte (art. 36 y 107 #1), (ii) la sentencia de primera, de segunda o única instancia, por ser emitida después de la pérdida de competencia del juez (art. 121 #6). Ejemplos para mostrar la relación entre excepciones previas y causales de nulidad: El inciso 1 sobre la falta de competencia en ambos artículos y la representación errónea en el inciso 4 de ambos artículos (art. 100 y 133).

Comments