La Pretensión Procesal
Pretensión: bien/hecho/acto jurídicamente relevante que se reclama ante
un juez
- Es
el objeto del proceso
- Define
a que jurisdicción se debe acudir
La pretensión se entiende satisfecha por el hecho de acceder a la
justicia. La pretensión se satisface cuando el juez la estudia y falla. Una
persona no tiene derecho a que se le resuelva favorablemente sino a que sea
resuelta la pretensión.
Tipos de pretensiones:
Tipos de pretensiones:
Declarativas: declaración de un derecho o relación sustancial existente
pero incierto
- Puramente
declarativas: buscan declarar un derecho existente pero
incierto
- No
crea derechos, da certeza al derecho sustancial
- Ej.
acuerdo de voluntades (contrato)
- Condena:
que se imponga el cumplimiento de una prestación (dar, hacer, no hacer)
- Constitutivas:
modifica una relación jurídica pre-existente
- Cautelares:
medidas cautelares que se manifiestan por medio de una pretensión
- Ej.
en el divorcio, tomar la medida cautelar de la custodia de los hijos
Ejecutivas: parten de un supuesto de certeza de un derecho
cierto e indiscutible, pero insatisfecho
- Ejecutar
obligaciones claras, expresas y exigibles
- Tiene
que tener un título ejecutivo
- Se
pueden decretar medidas cautelares
Arbitrales: formas de pretensiones declarativas que
resuelven los particulares, investidos transitoriamente de la función pública
de administrar justicia
- MASC
- El
árbitro debe decidir
Liquidación: con el objeto/fin de liquidar un patrimonio
determinado
- Ej.
liquidaciones comerciales, conyugales, etc.
Jurisdicción voluntaria: no se busca resolver un
conflicto sino satisfacer un requisito
- No
es contencioso
- Hay
un interesado peticionario (no hay partes)
- Generalmente,
el fallo no hace tránsito a cosa juzgada
Si una pretensión es estudiada y fallada (ya fue
resuelta en el mundo jurídico) entonces se convierte en cosa juzgada. Por ende,
no se puede volver a acudir a la justicia solicitando nuevamente las mismas
pretensiones anteriores. Ya existe una sentencia judicial en firme sobre ese
objeto.
- El
derecho de acción, es un derecho
- La
pretensión, es el objeto del proceso
- La
demanda, es el acto por el cual se materializa el derecho de acción y las
pretensiones
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