Excepciones Temporales
Excepciones temporales: buscan posponer el pronunciamiento jurisdiccional con el
fin de que el pleito actual no se produzca. Estorban el éxito de la pretensión
en el conflicto, dejando abierta la puerta para que la misma pueda ser
ventilada en el futuro. Tiene como efecto que el pronunciamiento judicial
buscado por el actor no se produzca mientras que subsista la situación de hecho
alegada como excepción, pero sí cuando haya desaparecido. Sin embargo, el
pronunciamiento favorable de la misma no da lugar a cosa juzgada ya que de
alterarse la situación que generó la formulación de la excepción temporal,
tiene que advertirse un cambio en la causa de la pretensión que determina que
esta no sea idéntica a la frustrada, por lo que bien puede prosperar si se
plantea en una nueva demanda.
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