Prorrogabilidad de la Competencia


Prorrogabilidad de la competencia: un juez que no es naturalmente competente para conocer de un determinado asunto, puede llegar a serlo si las partes no lo reclaman a tiempo. Solo es prorrogable la falta de competencia por factores distintos al subjetivo y funcional (son reglas de orden público).
Principio de jurisdicción perpetua: establece que, una vez aceptado el conocimiento de un asunto determinado por un juzgado, la competencia se tornará inmutable y la situación de hecho inicial se mantiene hasta el final.
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